Política de Compliance Penal

Garantía Seanto

ALCANCE: PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE TRATAMIENTO DE LA VEGETACION CON HERBICIDAS, DESBROCES MECÁNICOS Y MANUALES, PODAS, TRATAMIENTOS SELVÍCOLAS, PLANTACIONES Y REPOBLACIONES FORESTALES, RESTAURACION DE HABITATS Y ECOSISTEMAS Y LIMPIEZA DE CAUCES.

 

  1. Ámbito de aplicación.

 

La presente política es de aplicación a los empleados, directivos/as de Seanto, por lo que todo el que conforme el perímetro de esta deberá adoptar las decisiones oportunas al efecto de integrar las disposiciones de la presente política y aplicar las directrices en ella establecidas.

Se podrá considerar responsabilidades penales sólo por conductas desarrolladas por las personas físicas constitutivas de los delitos enumerados en el Código Penal, de los cuales Seanto cuenta con un análisis detallando de los que pudieran llegar a ocurrir en la empresa.

 

  1. Principios básicos.

 

Los principios básicos de la Política del Sistema Compliance y antisoborno de Seanto, definidos por la dirección inspiran el contenido y la aplicación de sus normas internas corporativas, son los siguientes:

 

  1. Integrar y coordinar el conjunto de actuaciones necesarias para prevenir y combatir tanto la posible comisión de actos ilícitos por cualquier profesional, como, en general, las posibles situaciones irregulares o de fraude.
  2. Generar un entorno de transparencia, integrando los diferentes sistemas desarrollados para la prevención de delitos, manteniendo los canales internos adecuados para favorecer la comunicación de posibles irregularidades.
  3. Asegurar que el órgano de compliance cuenta con los medios materiales y humanos necesarios para vigilar el funcionamiento y el cumplimiento del sistema de gestión de compliance penal.
  4. Asegurar la independencia del órgano compliance.
  5. Desarrollar e implementar procedimientos adecuados para el control y la gestión integral de la prevención de delitos. Se prohíbe la comisión de hechos delictivos y se prohíbe el soborno.
  6. Investigar toda la denuncia de un hecho presuntamente delictivo o acto fraudulento o irregular, con independencia de su cuantía, a la mayor brevedad posible, garantizando la confidencialidad del denunciante y los derechos de las personas investigadas.
  7. Prestar toda la asistencia y cooperación que puedan requerir los órganos judiciales y administrativos para la investigación de hechos potencialmente delictivos, fraudulentos o de otro modo irregulares que hayan podido ser ocasión de la actividad de la organización.
  8. Implementar programas adecuados de formación para los profesionales de la organización con una periodicidad suficiente para garantizar la actualización de sus conocimientos en esta materia.
  9. Obligación de informar sobre hechos o conductas sospechosas relativas a riesgos penales, garantizándose que el informante no tendrá represalias.

 

  1. Compliance penal.

 

  1. Marco legal. Se exige el cumplimiento de la legislación penal aplicable, resultan de aplicación las previsiones contenidas en la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre de Código Penal, en especial los artículos señalados en el ámbito de aplicación.
  2. Liderazgo. Es el fruto del compromiso de un sujeto con determinados valores e ideas de realidad y el condicionamiento de su toma de decisión y de su actividad para convertir en realidades los valores e ideas comprometidas.
  3. Cumplimiento de los requisitos y de la política de compliance penal y del sistema de gestión de compliance penal. Siempre con la premisa de la mejora continua en el sistema de gestión a través de su actualización periódica.
  4. Canal de denuncias. Se establece como canal de denuncias el correo electrónico denuncias@seanto.com además de la siguiente dirección postal SEANTO SL calle Prolongación Vicente Bermúdez Coronel CP 41620 Marchena (Sevilla).
  5. Cuando el comité investigue y confirme la contravención de lo indicado en estos textos, se propondrá las medidas a adoptar, incluyendo las disciplinarias. Estas medidas se proyectarán ante los sujetos que hayan ocasionado el riesgo o daño, así como ante cualquier empleado que no haya seguido los procedimientos establecidos para su prevención y respuesta, circunstancia que se considera en sí misma una infracción de los valores y principios éticos con los que Seanto se ha comprometido.

 

LA DIRECCIÓN DE SEANTO ASEGURA QUE LA POLÍTICA DEL SISTEMA DE GESTIÓN HA SIDO DIFUNDIDA Y SE ENCUENTRA IMPLANTADA A TODOS LOS NIVELES DE LA EMPRESA, ASÍ COMO ESTÁ A DISPOSICIÓN DE CUALQUIER PARTE EXTERNA INTERESADA.

Edición 2
aprobada 04/03/2024